La actividad farmacéutica puede ser ejercida únicamnete por el profesional farmacéutico con Título Universitario, según ley Nº 1765 y resolución Nº 254/03 del Ministerio de Educación, Ciencias y Tecnología, y su ámbito de aplicación corresponde tanto a la actividad estatal como privada.
LA ASOCIACIÓN MENDOCINA DE PROFESIONALES DE LA SALUD (AMProS), basado en su personería gremial, la cual le permitió celebrar un Convenio colectivo en el sector público, hoy anhela, conforma a la resolución Nº 536/05 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, proteger al sector privado
AMProS es la única entidad de la provincia de Mendoza que tiene la representación de los profesionales farmacéuticos que trabajan en relación de dependencia pública y privada.