Avances en las gestiones que lleva adelante AMProS con respecto a los colegas Profesionales de la Salud que se desempeñan en los diferentes municipios de la provincia.
Estimados: la Corte Suprema de Justicia de Mendoza, rechazó la excepción del Gobierno de Mendoza y dice que hay caso justiciable, aceptando formalmente la acción y pidiendo que responda los agravios en 15 días.
Esto es que de explicaciones de por que no cito a AMPROS Y FESPROSA a la negociación colectiva de Municipales. Saludos cordiales
EXPTE. N° 111.683 “A.M.PRO.S. Y OT. C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA S/ A.P.A.”
Mendoza, 17 de marzo de 2.014.-
VISTO:
El llamado al acuerdo de fs. 68, y
CONSIDERANDO:
Que la demanda interpuesta satisface los requisitos que surgen a contrario sensu del artículo 39 del Código Procesal Administrativo, por lo que, conforme lo dispuesto por los artículos 38, 42 y concordantes del Código citado y 177 de la Constitución Pro-vincial, se
R E S U E L V E :
I. Admitir la acción procesal administrativa interpuesta a fs. 49/64 vta., en cuanto fue motivo de cuestionamiento en sede administrativa y respecto de los actos suscepti-bles del control de legitimidad.-
II. Correr traslado de la demanda con citación y emplazamiento por QUINCE DIAS para que comparezcan y respondan al Sr. Gobernador de la Provincia y al Sr. Fis-cal de Estado, a quienes deberá notificárseles en la sede de sus respectivos despachos oficiales.-
Notifíquese.-
Dr. Alejandro PÉREZ HUALDE
Dr. Jorge Horacio NANCLARES
Dr. Omar PALERMO