Reincorporación y resarcimiento millonario para un profesional despedido por Cornejo en 2016
La Suprema Corte de Justicia emitió una sentencia definitiva en favor de un odontólogo de OSEP representado por AMProS y en contra del Gobierno de Mendoza, que sigue pagando juicios millonarios por el deficiente accionar de sus funcionarios políticos.
AMProS
Jueves 26 de Junio de 2025

Representado por el Área de Legales de AMProS, un profesional de la salud de OSEP despedido por la administración de Alfredo Cornejo en 2016 deberá ser reincorporado a planta permanente y recibir el pago de todos los salarios que no se liquidaron desde su desvinculación, hace casi 10 años, con el cargo de intereses. El caso llegó a La Suprema Corte de Justicia de Mendoza, quien dictó una sentencia definitiva que podría sentar un importante precedente para los profesionales de la salud de la provincia, ya que el fallo se basó principalmente en los acuerdos paritarios firmados por AMProS.

Según la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, la administración de OSEP utilizó de manera ilegítima el artículo 12 del Estatuto del Empleado Público para anular un nombramiento que, según concluyó en la sentencia, se ajustaba plenamente al marco legal vigente. “Los errores y desprolijidades de los funcionarios que responden al político de turno le cuestan muy caro a los mendocinos. Se trata de un juicio millonario que deberá pagar la provincia”, aseguraron desde AMProS.

El fallo también remarcó que el acto administrativo impugnado “no acreditó las razones por las cuales el actor no era idóneo para el cargo –lo cual requería de un particular esfuerzo argumentativo y probatorio de la autoridad, teniendo a la vista su antigüedad como contratado desde el año 2012 cumpliendo funciones como odontólogo”. Y agregó que “no hubo un análisis serio, particular y concreto, que permitiera evidenciar la carencia de condiciones del agente para el ejercicio del cargo”.

Además de estar representado por el cuerpo de abogados de AMProS, el profesional de la salud mendocino basó su defensa en los acuerdos paritarios firmados oportunamente por la entidad sindical que defiende los derechos de los profesionales de la salud de Mendoza. La Corte remarcó que el pase a planta permanente del médico odontólogo fue producto de una negociación colectiva entre AMProS y el Gobierno de Mendoza, reconocida formalmente por el Poder Ejecutivo y ratificada por la Legislatura.

La sentencia afirma detalladamente este aspecto al decir que “Mientras un acuerdo paritario no sea cuestionado por los procedimientos legalmente previstos para ello, forma parte del derecho vigente y la Administración se encuentra obligada a sus términos por virtud del principio de juridicidad”, destacó la sentencia. Además, sostuvo que “la objeción de inconstitucionalidad y/o ilegalidad del acuerdo paritario resulta, a todas luces, improponible en esta instancia”.

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